September 27, 2022

Deducciones personales para personas físicas: ¿Qué son?

Conoce qué son las deducciones personales, cuáles puedes aplicar en tu declaración anual y de cuáles te encuentras exceptuado.

¿Sabías que las personas físicas pueden presentar una declaración anual ante el SAT una vez al año para deducirlo en sus impuestos? Sí, así es. En este artículo te contaremos cuáles son las deducciones personales, y como presentarlas ante el SAT ¡Toma nota!

¿Qué son las deducciones personas para personas físicas?

Las deducciones personales son los gastos que las personas físicas contribuyentes pueden incluir en sus declaraciones y presentar ante el SAT una vez al año para conseguir la deducción correspondiente de sus impuestos. 

Se pueden agregar en la presentación el total de las deducciones personales, por ejemplo, transporte escolar, aportaciones complementarias de retiro, lentes ópticos, gastos funerarios, donatarias autorizadas, etc. Más adelante entraremos en detalles sobre qué otros tipos de gastos puedes incluir. 

Asimismo, debes tener en cuenta que los contribuyentes tienen hasta el último día de abril para presentar sus obligaciones fiscales en su declaración anual de personas físicas en el servicio de administración tributaria (SAT). La presentación se realiza mediante el portal de declaraciones por internet, con tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu contraseña.

Para las personas físicas existe un monto tope del total de los ingresos y de las deducciones que se pueden aplicar. El monto total de tus Deducciones Personales a aplicar tiene un tope de 5 UMAs Anuales (147,014.40 pesos mexicanos aproximadamente) o el 15 % de tus ingresos brutos, lo que resulte menor.

¿Cuáles son los requisitos para que un gasto sea deducible?

Los gastos necesitan reunir varios requisitos básicos para que puedan ser deducibles, estos son:

  1. Comprobantes fiscales:

Los gastos deben ampararse por (CFDI) Comprobante Fiscal Digital por internet,  emitidos durante el ejercicio fiscal que se declara. Si el prestador del servicio o producto emitió la factura correctamente, este gasto ya debe aparecer prellenado de la declaración anual, en el aplicativo del SAT. Puedes exigir dicho comprobante a quién te facture una compra. 

  1. Formas de pago:

El pago debe efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, como explica el SAT en su página. 

  1. Monto total:

No puede exceder de cinco (UMA) Unidad de Medida y Actualización anuales, o bien, el equivalente al 15 % total de ingresos (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales). 

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¿Cuáles son las deducciones personales de personas físicas?

Como persona física, tendrás derecho a presentar las siguientes deducciones y comprobantes: 

  1. Gastos médicos o de salud:
  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición; siempre y cuando sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. 
  • Honorarios a enfermeras. 
  • Prótesis. 
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente. 
  • Análisis o estudios clínicos. Gastos de laboratorios, estudios ecográficos.
  • Compra de lentes en ópticas graduadas para corregir defectos visuales. Estas entrarán dentro de las deducciones personales hasta los 2,500 pesos mexicanos, siempre que se describan las características en el comprobante fiscal o se tenga un diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.

Es importante destacar que las compras en farmacias no cuentan como deducible y estos gastos son válidos siempre y cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge, padres, abuelos, hijos o nietos.

  1. Gastos funerarios:
  • Deben ser efectuados para padres, abuelos, hijos, nietos o cónyuges. Si son erogaciones para cubrir funerales a futuro, estos serán deducibles hasta el ejercicio en que se utilicen los servicios funerarios respectivos.
  • En el caso de pagar un servicio funerario, para poder deducirlo, el SAT solicitará el CFDI con el último complemento de pago. Los gastos de funerales están contemplados dentro de la deducción personal.
  • No deben exceder de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual.
  1. Donaciones:
  • Son deducibles aquellas donaciones dadas a instituciones autorizadas para recibirlas. No son deducibles los donativos onerosos ni remunerativos.
  • El total a deducir por donaciones no puede exceder del 7 % de los ingresos presentados en la declaración anual del ejercicio anterior.
  1. Colegiaturas y transporte escolar:
  • Serán deducibles los gastos por colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios, es decir, la institución debe cumplir con una serie de trámites obligatorios para que sean válidos y reconocidos los gastos realizados en dicha institución. 

Desde el nivel de preescolar hasta bachillerato o equivalente. Según la ley del impuesto, el monto límite anual de deducción debe ser de:

- Preescolar: 14,200 pesos mexicanos.

- Primaria: 12,900 pesos mexicanos.

- Secundaria: 19,900 pesos mexicanos.

- Profesional técnico: 17,100 pesos mexicanos.

- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos mexicanos.

  • Según el SAT, para aplicar esta deducción es necesario contar con el comprobante de pago correspondiente, el comprobante fiscal que deben entregarnos por los gastos realizados. Si hiciste pagos en un mismo ejercicio fiscal por dos niveles educativos diferentes, el límite anual de la deducción será correspondiente al monto mayor de los dos niveles. No importa si se trata del nivel que inició o concluyó.
  • Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no podrán ser deducibles. 
  • El transporte escolar lo será solo si es obligatorio y si los pagos realizados corresponden a un descendiente del contribuyente en línea recta, y si el mismo puede otorgar comprobante, este requisito es indispensable para poder realizar la deducción. 
  1. Aportaciones complementarias para el retiro:
  • Contarán como deducciones personales las realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de los planes personales de retiro Afore o un Plan Personal para el Retiro (PPR) autorizado por el SAT. 
  • La institución que las reciba deberá emitir un comprobante fiscal respectivo a la constancia anual, que será el empleado para el prellenado de tu declaración del (ISR)el impuesto sobre la renta.
  1. Primas de seguros:
  • Se podrán deducir las primas por seguros de gastos médicos, aplicándolos dentro del tipo de deducción “primas de seguros de gastos médicos” y no como un gasto médico.
  • Cuando se realicen dichos pagos, deberás revisar la factura para cerciorarte de que el concepto sea claro y corresponda a la prima de seguros de gastos médicos que has contratado.
  1. Intereses reales por créditos hipotecarios:
  • Se podrán deducir los intereses destinados a tu casa y que hayan sido contratados con el sistema financiero, INFONAVIT, FOVISSSTE, entre otras. Este monto tendrá como límite las 750.000 unidades de inversión (UDIS).
  • Para incluirlo como deducciones personales, el comprobante fiscal deberá contener la ubicación del inmueble hipotecado y los montos de los intereses nominales devengados, así como los pagados en el ejercicio.

Ahora que ya conoces qué tipos de deducciones puedes aplicar después de haber leído este artículo, agenda una llamada con un asesor de Konta.com y resuelve otras dudas en materia financiera con nuestro equipo de profesionales en contaduría. ¡Esperamos tu consulta!

Conclusión

Bibliografía

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