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En algunos trámites, como la emisión de créditos bancarios o el otorgamiento de subsidios, podrían solicitarte el documento de: Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales que emite el Sistema de Administración Tributaria (SAT. De igual manera, en las relaciones comerciales, es común que los clientes lo soliciten a sus proveedores.
Si por algún motivo tienes que presentarlo, te decimos cómo descargarlo en línea o cómo solicitarlo en las oficinas del SAT, así como otros datos de utilidad en caso de que la opinión se te refleje en sentido negativo.
Es un documento emitido por el SAT, que consiste en un reporte sobre la situación del cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes, en la fecha de la consulta realizada, de acuerdo con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
De acuerdo con el comportamiento de cada contribuyente, ya sea persona física o moral, tendrá un estatus de POSITIVO o NEGATIVO. Además, te mostrará una relación de las omisiones, es decir, aquellas obligaciones fiscales no presentadas: declaraciones y pagos de impuestos.
El trámite para obtener el documento de cumplimiento es gratuito y puede hacerse en línea, con tu clave de RFC y la contraseña de acceso o e-firma. Deberás seguir los siguientes pasos:
Sí, la Opinión de cumplimiento es un documento que también puede solicitarse de manera presencial en cualquier oficina de Servicios al Contribuyente, donde deberás presentar una identificación oficial y la Clave de RFC.
De acuerdo con el SAT, el documento tiene una vigencia máxima de tres meses a partir de su emisión. La fecha de su consulta se encuentra escrita en el documento. Sin embargo, ya viste que es muy sencillo descargarlo y podrás hacerlo cada vez que te lo soliciten.
Si ya seguiste los pasos para descargar el documento y la Opinión aparece en sentido NEGATIVO, lo más recomendable para cambiar dicho estatus es ponerse al corriente de las obligaciones fiscales pendientes: declaraciones anuales y pago de impuestos correspondientes. De esta forma, podrás cambiar la opinión a positivo.
En este caso, quizá sea necesario buscar asesoría contable y fiscal especializada para realizar las presentaciones correspondientes, de acuerdo con tus actividades económicas durante los periodos en los que existen las omisiones y así lograr que queden bien saldadas para evitar inconvenientes con las autoridades.
Si bien, no es una obligación para las empresas solicitar la Opinión de Cumplimiento antes de firmar un contrato con sus proveedores, algunas han incorporado estas medidas dentro de sus políticas para dar mayor certeza a sus operaciones comerciales.
De acuerdo con los especialistas, lo más recomendable es evitar riesgos al relacionarse con contribuyentes morosos que no han mostrado responsabilidad con el cumplimiento de sus obligaciones, pues ésto podría ser un foco rojo capaz de entorpecer la operación misma de la empresa contratante.
Es por esto que diversas compañías optan por evitar operaciones con contribuyentes incumplidos, quienes están expuestos a que la autoridad correspondiente retire la autorización de sellos digitales. Por otro lado, se recomienda consultar la relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes.
Si bien, no es una obligación para las empresas solicitar la Opinión de Cumplimiento antes de firmar un contrato con sus proveedores, algunas han incorporado estas medidas dentro de sus políticas para dar mayor certeza a sus operaciones comerciales.
De acuerdo con los especialistas, lo más recomendable es evitar riesgos al relacionarse con contribuyentes morosos que no han mostrado responsabilidad con el cumplimiento de sus obligaciones, pues ésto podría ser un foco rojo capaz de entorpecer la operación misma de la empresa contratante.
Es por esto que diversas compañías optan por evitar operaciones con contribuyentes incumplidos, quienes están expuestos a que la autoridad correspondiente retire la autorización de sellos digitales. Por otro lado, se recomienda consultar la relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, en su Artículo 32-D, existen entidades externas al SAT, que tienen un convenio de confidencialidad con el organismo, para poder consultar la Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales de terceros solicitantes de subsidios o estímulos; o con quienes celebren contratos para la adquisición de mercancías, prestación de servicios o arrendamiento.
En esos casos, dichas autoridades externas al SAT, designan empleados autorizados, quienes están comprometidos a guardar absoluta reserva de la información, para que puedan realizar la consulta correspondiente y a partir de la información, tomar decisiones conforme al historial de cumplimiento fiscal de personas físicas o morales, con el fin de tener certeza de proveedores, por ejemplo.
Quieres cambiar el sentido Negativo a tu Opinión de cumplimiento o requieres alguna otra asesoría fiscal, acércate a nuestros especialistas en contabilidad e impuestos, disponibles en Konta.com, y te apoyaremos para mejorar tu historial ante la autoridad tributaria, para que puedas continuar con tus operaciones comerciales, sin ningún problema.