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Seguramente has escuchado sobre los distintos regímenes fiscales del SAT y te preguntas cuál es más conveniente para registrarte: ¿RESICO o Régimen General? En este post te compartimos detalles al respecto para esclarecer tus dudas.
El Régimen Simplificado de Confianza, conocido como RESICO se implementó en la Reforma Fiscal para el año 2022, en sustitución del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), destinado a los pequeños contribuyentes, tanto personas físicas como morales.
A decir de las autoridades, este régimen tiene como objetivo facilitar los trámites administrativos a quienes se encuentren inscritos en él, con el objetivo de incrementar la tributación, es decir, el pago de impuestos.
Las facilidades para las micro, pequeñas y medianas empresas que tributan bajo este régimen son:
Bajas tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Además, los impuestos son pagados cuando están amparados en Comprobantes Fiscales debidamente cobrados.
Sin embargo, como habíamos comentado, se trata de un régimen pensado en los pequeños contribuyentes, por lo que tiene ciertas restricciones:
Para saber más sobre este tema, te sugerimos leer: RESICO: Ventajas y desventajas
De acuerdo con el SAT, las personas que deben tributar bajo el Régimen General son aquellas con actividades lucrativas como importadores, exportadores, fabricantes, comercializadoras y prestadoras de servicios.
Esto es en los casos en que se trate de una:
Las obligaciones fiscales establecidas para este régimen son:
Como vimos, tributar en RESICO permite acceder a ciertos beneficios fiscales, como la tasa limitada de ISR, correspondiente del 1 al 2.5%, así como las facilidades administrativas.
Sin embargo, debes estar consciente de que el RESICO conlleva una serie de “limitantes” para los contribuyentes que tributan en él, como:
En ese sentido, se puede decir que, a diferencia del Régimen General de personas físicas, en RESICO no es posible aplicar deducibles para reducir el pago de impuestos. De manera que siempre se terminará pagando el cálculo determinado de ISR.
Por el contrario, en el Régimen General, existe mayor posibilidad de presentar como deducibles los gastos relacionados directamente con la actividad preponderante del negocio.
Si decides tributar en RESICO o te encuentras actualmente en él, debes saber que los contribuyentes inscritos ahí, podrán ser dados de baja, sin tener la posibilidad de reinscribirse si:
Para saber este dato es necesario descargar tu Constancia de Situación Fiscal en el portal del SAT. Te compartimos cómo hacerlo:
Te sugerimos leer: Constancia de situación fiscal: ¿qué es y para qué sirve?
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